¿Qué es el Presupuesto Público Nacional? ¿Cuál es su Normativa, Principios y como lo Afecta la Hiperinflación?

 Según el Artículo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela el Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad,  el ejercicio democrático de la voluntad popular,  la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en la misma Constitución. Por tanto, para conseguir estos fines el Estado se extiende dentro la nación, mediante la figura de Administración Pública, con  órganos del Poder Público   entes territoriales como estados, municipio y demás entidades locales.


El despliegue de estas distintas entidades nacionales, estatales y municipales ha de estar respaldado por los ingresos públicos de cada extensión territorial, según como corresponda, seguidamente para dar buen uso de dicho ingresos, el Ejecutivo Nacional presentara anualmente un presupuesto a nivel nacional. Ahora bien, se define el Presupuesto Público, como un instrumento del gobierno que refleja cómo se realizara la administración del Estado, alrededor de él se desenvuelve gran parte de la vida económica del país; sus alcances pueden ser a nivel nacional, estatal, municipal y local. En la actualidad el Presupuesto Público Moderno tiene dos particularidades esenciales: uno, en  relacionado con los proyectos  y los resultados esperados y  el otro, con la programación y asignación de los recursos precisos para el cumplimiento de los objetivos.

En el año 2006 el Ejecutivo Nacional, adopto una nueva técnica para la realización del Presupuesto Nacional, conocido como Presupuesto por Proyectos, el cual, es un instrumento para asignar y distribuir los recursos del Estado mediante proyectos, dichos proyectos serán, la expresión sistematizada de un conjunto delimitado de acciones y recursos que permiten, en un tiempo determinado, él logro de un resultado específico para el cual fue concebido. Presentando su estructura presupuestaria de la siguiente manera:



Donde, la mayor parte del crédito del presupuesto está enfocado en los proyectos, los créditos imposibles de distribuir en proyectos, serán asignados a las Acciones Centralizadas, un nivel menor de las categorías presupuestarias se les considerara  Acciones Específicas. Es deber de los Proyectos, las Acciones Centralizadas y Especificadas tener como objetivo, el cumplimiento de los compromisos del Estado con la Nación y sus residentes.

 El régimen legal de esta técnica se ve expresado en el art. 14 de la  Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP), donde se estipula que “El reglamento de esta Ley establecerá las técnicas de programación presupuestaria y los clasificadores de gastos e ingresos que serán utilizados.” Posteriormente el Art. 1 del reglamento N°1  de la LOAFSP, dictamina que todos los organismos que conforman el sector público y aquellas sociedades mercantiles que especifique la LOAFSP en su artículo nro.6, deberán cumplir  con las instrucciones para la realización del presupuesto que dicte la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE).

Principios del Presupuesto

Programación. Por su naturaleza misma, el presupuesto tiene un contenido y forma de programación, es decir, el presupuesto debe expresar con claridad los objetivos, metas, cálculo de recursos cuantitativos y las acciones necesarias para alcanzar dichos objetivos y metas.

Equilibrio. Quiere decir que el presupuesto público debe formularse y aprobarse en condiciones reales, de tal manera que los egresos sean equivalentes a los ingresos y correspondan a los recursos totales estimados a recaudar en el ejercicio presupuestario.

Transparencia. Todos los documentos presupuestarios deben expresar en forma ordenada y clara los recursos y acciones necesarios para cumplir con los objetivos y metas.

Universalidad (unidad). Dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él. En la concepción tradicional se consideraba que este principio podía exponerse cabalmente bajo la “prohibición” de la existencia de fondos extra-presupuestarios.

 Racionalidad. Implica formular y ejecutar presupuestos justos, es decir, sin realizar gastos que desperdicien los recursos. También se relaciona con la optimización en la satisfacción de las necesidades públicas, es decir, tratar lo más que se pueda utilizando lo menos posible.

Flexibilidad. Se refiere a la no rigidez, el presupuesto puede ser modificado de acuerdo a la evaluación de los resultados y a las disposiciones legales y normas técnicas previamente establecidas.

 Difusión. El documento (presupuesto público), debe ser ampliamente difundido, toda vez que constituye el instrumento del gobierno para un ejercicio financiero, mediante el cual se concreta la realización y producción de bienes y servicios públicos en beneficio de la sociedad, los mismos que se financian con la contribución de toda la población.

Actualidad Venezolana

En la actualidad debido a la hiperinflación, donde los bienes del mercado van sufriendo un gran acrecentamiento en sus precios, en cortos periodos de tiempo; los créditos presupuestarios colocados en cada partida de gasto del presupuesto, se van quedando pequeños e insuficientes con el cambio de los meses durante el ejercicio fiscal. Por  tanto,  el Presupuesto Público Nacional va perdiendo efectividad, causando por ejemplo, que el monto que se tenía en la partida presupuestaria de sueldos y salarios de la Administración Pública, sea ineficiente y no cubra las necesidades de los trabajadores gubernamentales.

 


Referencias Bibliográficas

·         Paredes, F. (2006). El Presupuesto Público. Aspectos Teóricos y Prácticos. (1° Ed.). Universidad de Los Andes. Editorial Venezolana.

·         Constitución de la República Bolivariana de Venezuela [Const]. Art. 6. 30 de diciembre de 1999 (Venezuela). Enmienda N°1 de fecha 15 de febrero de 2009.

·         Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público de 2000. Por la cual se establece la regulación de la administración financiera. 5 de septiembre de 2002. G.O N° 37.029.

·         Decreto N° 3.776 del 2005 [Presidencia de la República]. Mediante el cual se dicta el Reglamento N° 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, Sobre el Sistema Presupuestario. 12 de agosto de 2005.


Comentarios